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Intangibles

Tema por demas interesante, aqui fundamento la deduccion fiscal de los intangibles en las empresas y mas aun desarrollo los  escenarios que considero probables que la persona fisica accionista podria enfrentarse al ser revisada por el SAT. En materia fiscal se señala como gasto diferido a los intangibles y definidos como bienes o derechos que permitan reducir costos de operacion, mejorar la calidad o aceptacion de un producto, usar, disfrutar o explotar un bien, por un periodo limitado y si se cumple lo anterior son una deduccion fiscal valida a la tasa del 15% (Art 32  definicion ampliada desde 2005 y Art 33 fracc III Lisr),  existe criterio vinculativo que ataca la trasmision sin contraprestacion entre partes relacionadas (Anexo 3 RM criterio 04/ISR), se establece que para la contabilidad  electronica debe utilizarse NIF (Anexo 1 punto 1.2.8.6 RM) y el Sipred establece indicios y hasta describe un catalogo de ellos. En materia contable la NIF C- 8 Activos intangib...

Pérdidas Fiscales, su actualización.

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  Existe la costumbre en los contadores de las empresas e incluso en sus auditores el actualizar sus pérdidas fiscales en cada año; sin considerar que las reglas fiscales establecen momentos definidos para actualizarlas con la inflación. Ello provoca una diferencia aritmética, que de acuerdo a los INPC pudiera aumentar o disminuir la pérdida a aplicar no apegado a las leyes fiscales. Se ilustra con una lámina los efectos de este fenómeno. Saludos CPC Jorge Solis Aqui puedes ver la lámina : https://docs.google.com/spreadsheets/d/14u8_2wjCpbm0BmX5weKIF30XCmzBWsTxKYhWrD7jcFU/edit?usp=sharing