Aviso al RFC de socios o accionistas.
Presentar aviso al RFC de socios o accionistas:
Soy de la opinion que el Sat estara muy atento al cumplimiento de esta obligacion, y tiene dos armas poderosas para exigirlo multando y peor aun bloqueando los cfdi.
Yo recomiendo 2 cosas para evitar lo anterior:
a.- Presentar el aviso de todos los socios actuales que consten en la ultima acta protocolizada.
b.-Revisar el estatus al RFC de todos los socios para asegurse que esten dados de alta con la obligacion de socio o accionista.
Aqui resumen donde fundamento mi opinion:
1.-Obligados: Personas Morales.
2.-Inicio vigencia: Año 2020 derivada a reforma Art 27 inciso B fracc VI CFF en el DOF 9 dic 2019.
3.-Momento fiscal: Cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a socios o accionistas. En RM 2.14.19 Anexo 1-A señalan dentro de los treinta días hábiles siguientes a aquél en que se realice el supuesto correspondiente, y en transitorio articulo cuadragésimo sexto RM por unica ocasion dan facilidad del 30 junio 2020.
Por relevancia transcribo parrafo:
“Presentar un aviso en el registro federal de contribuyentes, a través del cual informen el nombre y la clave en el Registro Federal de Contribuyentes de los socios o accionistas, cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a estos”
4.-Sanciones por no presentar el aviso al SAT:
El no presentar el aviso al SAT de actualización de socios o accionistas, se entiende como un incumplimiento al articulo 79 de CFF, por lo que se impondrán algunas de las multas que marca el articulo 80 del propio codigo:
De $3,470.00 a $10,410.00, a las comprendidas en las fracciones I, II y VI.
De $4,200.00 a $8,390.00, a la comprendida en la fracción III.
Cancelación de Certificados de Sello Digital
Si el SAT detecta alguna infraccion del articulo 79 del CFF podrá restringir el uso de certificados de sello digital para la expedición de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), y, de no subsanarse el incumplimiento, los certificados podrían dejarse sin efectos conforme lo dispone el propio CFF en el articulo 17-H Bis:
Artículo 17-H Bis – Restricción temporal de CSD: Tratándose de certificados de sello digital para la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet, previo a que se dejen sin efectos los referidos certificados, las autoridades fiscales podrán restringir temporalmente el uso de los mismos cuando:
…
IX. Detecten la comisión de una o más de las conductas infractoras previstas en los artículos 79, 81 y 83 de este ordenamiento, y la conducta sea realizada por el contribuyente titular del certificado de sello digital.
5.-Pasos para presenta el aviso de socios y accionistas al SAT
El aviso de actualización de socios y accionistas se presenta conforme al Anexo 1-A 295/CFF:
1.- Ingresa al portal del SAT
2.- Ingresa a la opción Otros “Trámites y Servicios” y dentro del menú selecciona “Ver más”:
3.- Elija la opción “Aclaración, asistencia y orientación electrónica” y la opción “presenta tu aclaración como contribuyente”:
4.- Ingrese su RFC y Contraseña.
5.- Selecciona del menú “Servicios por Internet” > “Aclaraciones” > “Solicitud” y llena el formato “Servicio de Aclaración”
@
Es necesario llenar el apartado de asunto, por lo que a manera de ejemplo se llenaria de la siguiente forma:
Asunto: Aviso de actualización de socios y accionistas
Descripción: Aviso de actualización de información de socios y accionistas de conformidad con la regla 2.4.19 y cuadragésimo sexto transitorio de la resolución miscelánea fiscal 2020 y articulo 27 apartado B fracción VI del código fiscal de la federación 2020.
6.- Adjuntar el documento protocolizado y digitalizado en el que consten las modificaciones, así como la incorporación de sus socios o accionistas.
Tambien adjunta escrito libre de tu promocion.
7.- Enviar la solicitud y obtén el acuse de envío.
Saludos
CPC Jorge Solis
Comentarios
Publicar un comentario